El Tribunal Supremo aborda el uso de datos fiscales robados para fundamentar condenas

El Tribunal Supremo aborda el uso de datos fiscales robados para fundamentar condenas

Es la primera vez que el Alto Tribunal aborda este tema, y ha confirmado la condena de 6 años de prisión así como 11 millones de multa dictada contra uno de los españoles con cuentas opacas en Suiza que fueron desveladas por Hervé Falciani, ex informático del HSBC.

Falciani sustrajo los datos de más de 500 contribuyentes españoles para intentar venderlos, no lo consiguió y la información acabó en manos de las autoridades francesas, que comunicaron a Hacienda lo que afectaba a españoles. La Agencia Tributaria dio a los afectados la oportunidad de regularizar; al que no quiso, la Abogacía del Estado le llevó a los tribunales. Ahora la Abogacía ha ganado la batalla clave sobre la validez de las pruebas.

La sentencia Manuel Marchena transcrita por el presidente de la Sala Penal del Tribunal Supremo, rechazó que la obtención ilegal de los datos por parte de Falciani, impida su uso por la Justicia española. Al respecto, distingue entre dos formas de obtención ilícita de documentos o datos de terceros, y considera que cuando lo hace la Policía o los aparatos del Estado no pueden usarse como prueba válida en un juicio, pero cuando los obtiene un particular «sin conexión con los aparatos del Estado y que no buscaba prefabricar pruebas», sino ganar dinero –como era el caso de Falciani–, sí se pueden dar validez a la prueba.

De esta manera, el Alto Tribunal avala el caso Falciani pero cierra la vía a que las Fuerzas de Seguridad y los Servicios de Inteligencia que puedan encargar a algún empleado el robo de datos, y añade que para acordar o no la licitud del uso de los datos en un juicio, es necesario ponderar las circunstancias de cada caso concreto. «Lo determinante», insiste, «es que nunca, de forma directa o indirecta, haya actuado como una pieza camuflada del Estado al servicio de la investigación penal».

La sentencia concluye con una advertencia a las Fuerzas de Seguridad: «Los funcionarios del Estado que investigan el delito han de estar convencidos de que tampoco su trabajo podrá ser valorado si las pruebas obtenidas lo han sido mediante el subterfugio de la utilización de un activo particular que, sabiéndolo o no, actúa a su servicio».

En caso de que desee ampliar esta información o requiera nuestra colaboración para conocer el impacto específico en su actividad, no dude en contactarnos: alejandrar@easytelecomlaw.com

Fuente: EL MUNDO – Manuel Marraco Madrid (2017) “El TS Permite Condenar Con Datos Robados. ‘AVISO PARA EL CASO PUJOL’”. Noticia disponible en goo.gl/2oQJKS

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