¿Cómo poner una reclamación o denuncia a un operador de Telecomunicaciones?

Reclamar por problemas con operadores de telefonía ¿Como presentar una reclamación? Si has tenido un problema con un operador de telecomunicaciones, podemos ayudarte.
reclamaciones y denuncias a operadoras telefónicas

¿Cómo poner una reclamación o denuncia a un operador de Telecomunicaciones?

¿El operador de telecomunicaciones ha imputado un cargo en la factura pese a no haberlo estipulado en el contrato? ¿Tu operador te deniega la portabilidad a otro diferente? ¿Se retrasa injustificadamente la instalación de la línea de telefonía móvil contratada?

No te preocupes, podemos ayudarte. En cualquiera de los supuestos anteriores, la legislación te reconoce un derecho para que inicies, alternativamente, dos procedimientos gratuitos, extrajudiciales y vinculantes.

Por un lado, ante la Oficina de Atención al Usuario de Telecomunicaciones (OAUT) del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital. Y, por otro, ante la Junta arbitral de consumo correspondiente de la Comunidad Autónoma en la que el usuario tenga su domicilio.

En primer lugar, si existe un conflicto entre el usuario y el operador de telecomunicaciones, es preciso acudir al servicio de atención al cliente del propio operador. Una vez presentada la reclamación ante el operador, éste estará obligado a facilitar un número de referencia para que se pueda verificar la fecha de reclamación.

En segundo lugar, transcurrido el plazo de un mes desde su presentación sin que el operador hubiere respondido, el usuario podrá presentar una reclamación ante la OAUT. Sin embargo, también podrás presentar una reclamación si no estás de acuerdo con la respuesta proporcionada por el operador en un plazo de tres meses desde que éste responda, con arreglo al artículo 78.1 de la Ley 11/2022, de 28 de junio, General de Telecomunicaciones (en adelante, LGTel).

En tercer lugar, en relación con el segundo procedimiento, el usuario podrá presentar la solicitud ante la Junta Arbitral del territorio en que tenga su domicilio, tal y como establece el artículo mencionado anteriormente. Sin embargo, la presentación de la misma está condicionada a que el operador de telecomunicaciones se encuentre adherido al Sistema Arbitral de Consumo. En la práctica, una de las cláusulas del contrato firmado con el operador se referirá a la adhesión por las partes a este sistema.

Finalmente, cabe señalar que si una Junta arbitral de consumo acuerda el inicio del procedimiento, el usuario no puede plantear la misma solicitud ante la OUAT, salvo que la Junta arbitral de consumo hubiere archivado la misma o las partes hubieren desistido del procedimiento arbitral, de acuerdo con lo previsto en el artículo 78.2 de la LGTel.

Si has tenido algún problema con un operador de Telecomunicaciones, no te preocupes podemos ayudarte y asesorarte durante todo el proceso de tu reclamación.

Contacta ahora con clientes@easytelecomlaw.com y nuestro equipo de Abogados le asesorará en materia de Telecomunicaciones

Autor: Beatriz García
Puesto: Consultor Junior

Share Now: