¿Tienes problemas relacionados con tu derecho fundamental al honor, a la intimidad y con tu propia imagen?
Estos derechos derechos fundamentales se encuentran recogidos en el artículo 18 CE, por lo que, al ser fundamentales, gozan de una especial protección, siendo de aplicación la Ley Orgánica 1/1982, de 5 de mayo, de protección civil del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen.
Teniendo en cuenta el impacto de las nuevas tecnologías, estos derechos pueden verse afectados a través de comentarios denigrantes, difusión de fotografías sin consentimiento en redes sociales y otras plataformas, y especialmente cuando se trata de menores.
El insulto, las injurias o calumnias no entran dentro de la libertad de expresión, pudiendo dar lugar a delitos de sexting, descubrimiento y revelación de secretos, entre otros.
Si ha visto vulnerado alguno de estos derechos, bien sea a través de medios tradicionales, como a través de medios digitales no dude en poner su caso en manos de Easy Telecom, profesionales que le asesorarán y le asistirán durante todo el proceso, poniendo a su disposición los medios legales necesarios para cesar la actividad que le esté afectando.